Arreglo Pacífico de
los Diferendos Internacionales
Concepto y contenido de los Diferendos
Internacionales
Los Estados disponen de una gama de medios
con miras al arreglo de sus diferendos.
Algunos pueden parecer como más apropiados que otros para el arreglo,
sin embargo, los Estados no están obligados de preferir tal procedimiento a tal
otro. Ellos pueden elegir el recurso o
bien la mediación, la conciliación, el arbitraje, o a otros medios pacíficos de
su selección.
Los Medios Diplomáticos de Arreglo de
Diferendos Internacionales. Las Negociaciones Diplomáticas, Buenos Oficios y
Mediación, La Investigación, Conciliación, Los Medios
Jurisdiccionales/Adjudicativos/de arreglo de diferendos internacionales, el
Arbitraje, el Recurso al Arbitraje, el Órgano Arbitral, las Funciones del
órgano arbitral, Procedimiento y Efecto de los laudos arbitrales, Solución Judicial,
Organización de la Corte, Jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia,
Procedimiento y Decisión de la Corte, Competencia Consultiva de la Corte, La
Solución Pacífica de Diferendos Internacionales en las Organizaciones
Internacionales, La ONU y el arreglo de Diferendos, la Intervención del Consejo
de Seguridad, Competencia del Consejo de Seguridad, Medios de Acción del
Consejo de Seguridad, la Intervención de la Asamblea, las Organizaciones
regionales y el arreglo de diferendos, Vinculación de la ONU.
Los Medios Diplomáticos de arreglo de los
diferendos internacionales
Son aquellos a los que habitualmente se
recurre en las relaciones internacionales.
Las negociaciones diplomáticas, los buenos oficios, la mediación, la
investigación, la conciliación son los principales entre ellos. Los tres primeros no exigen la formación de
un órgano especial cuya constitución es al contrario necesaria para los dos
últimos. Esos medios han sido utilizados
con anterioridad a la formación de las organizaciones internacionales y pueden
emplearse fuera de éstas. No obstante
las organizaciones pueden exhortar a los Estados a tomarlos en cuenta.
Las negociaciones diplomáticas directas
Son el procedimiento más clásico y común en el arreglo de diferendos. Son intercambios orales o escritos por los que las posiciones opuestas a las
partes son expuestas para luego ser conciliadas para llegar a un acuerdo. En las relaciones internacionales contemporáneas, las
negociaciones diplomáticas pueden ser ajenas a las organizaciones
internacionales o bien suscitadas o inspiradas por éstas. Estas pueden ser también integradas por las
organizaciones internacionales. Fuera
del marco de las organizaciones internacionales se arreglan variados diferendos
por intermedio de las misiones diplomáticas, utilizando una de sus funciones,
negociar, ya sea por contacto directo entre gobiernos o jefes de Estado,
incluso en situaciones conflictivas vía negociadores improvisados.
Procedimientos Internacionales de
Conciliación
La conciliación es la intervención de un
órgano encargado por las partes de examinar todos los aspectos de un diferendo
y de proponer una solución desprovista de carácter obligatorio.
El Art. 33 del Estatuto de las Naciones
Unidas contempla la conciliación como uno de los medios pacíficos que debe ser
adoptado en primer lugar por las partes para llegar a una solución.
Los buenos oficios y la mediación
Son constituidos por vía de un tercero cuya
asistencia tiene la finalidad de facilitar un acuerdo entre las partes sobre un
diferendo. En un principio, los buenos
oficios no implican que una solución sea propuesta por el tercero quien se limita a motivar las negociaciones y acercar las partes,
mientras que el mediador está en capacidad de proponer soluciones.
Los buenos oficios y la mediación pueden
facilitar el arreglo de un conflicto cuando las condiciones de un tal arreglo
estén unidas. El arte del mediador es
revelar posibilidades de acuerdos ocultos o sólo nacientes, no puede crearlas.
Comisiones de Investigación de Conciliación
Los Tratados Bryan, fueron celebrados en 1913
y 1914 por los Estados Unidos con cuarentiocho países y cada uno de ellos disponía el
establecimiento de una comisión permanente de investigación. La ONU ha tratado de desarrollar el recurso a
las comisiones de investigación.
Los medios jurisdiccionales de arreglo de
diferendos internacionales, arbitraje y el arreglo judicial
Estos sólo conciernen a los diferendos
jurídicos y tiene por objeto resolverlos sobre la base del derecho en
vigor. Como los procedimientos
diplomáticos, los procedimientos jurisdiccionales reposan sobre el
consentimiento de las partes. A
diferencia de los primeros, estos llevan decisiones obligatorias.
El arbitraje
Es una de las instituciones más antiguas en
las relaciones internacionales. A final
del Siglo XVIII adquiere impulso bajo la forma de arbitraje por comisiones
mixtas instituidas por los Tratados Jay de 1792 entre Inglaterra y Estados
Unidos.
El arbitraje implica que las partes
establecen para el arreglo de uno o varios o, un órgano especial temporal
llamado a resolver ese diferendo. Así
las jurisdicciones arbitrajes emanan directamente de las partes y no tienen a
su vez un carácter permanente.
Arreglo Judicial
Implica que un litigio internacional sea
resulto sobre la base del derecho por una decisión obligatoria rendida por una
jurisdicción internacional. El arreglo
judicial , constituida independientemente de las partes y que funciona en el
marco de un estatuto que regula los diferentes aspectos de su actividad.
Jurisdicción de la Corte Internacional de
Justicia
Será un cuerpo de magistrados independientes
elegidos sin tener en cuenta su nacionalidad, de entre personas que gocen de
alta consideración moral y que reúnan las condiciones requeridas para el
ejercicio de las más altas funciones judiciales en sus respectivos países, o
que sean jurisconsultos de reconocida competencia en materia de derecho
internacional. La Corte ejerce dos funciones distintas: una competencia para
resolver litigios que los Estados le someten y una competencia consultiva a
demanda de la Asamblea General del Consejo de Seguridad o de todos los otros
órganos de la ONU o de las instituciones especializadas autorizadas para ello.
Solución pacífica de diferendos en las
organizaciones internacionales
Es una de las principales tareas de las
organizaciones internacionales. La
mayoría de los diferendos y con más razón los conflictos, afectan en diversos
aspectos a los Estados terceros. Las
organizaciones internacionales disponen de medios constantemente disponibles o
que pueden ser movilizados con facilidad con la finalidad de enfrentar
situaciones conflictivas.
Los órganos principales de la ONU
Los órganos políticos de la ONU, la Asamblea
General y el Consejo de Seguridad, no sólo tienen competencias en cuanto a los
diferendos internacionales sino también en cuanto a situaciones.
Las organizaciones regionales y el arreglo de
diferendos
Disponen en general de competencias en cuanto
al arreglo de diferendos. Los diferendos
por vía de negociaciones, de mediación, de conciliación o de arbitraje, prevé
un Tratado que forma parte de la Carta, el establecimiento de una comisión de
mediación, de conciliación y de arbitraje.
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